Estamos contigo en este momento

Entendemos que un sismo puede generar preocupación, incertidumbre y muchas preguntas. En este momento, lo más importante es proteger tu vida y la de tu familia. 

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre tu seguro de Salud

Imagen Contenido 1

Preguntas sobre tu seguro de Hogar

Imagen Contenido 2

Seguros de Vida

Imagen Contenido 3

  • En SURA estamos preparados para acompañarte y orientarte. 

  • A continuación, encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes sobre atención en salud, protección de tu vivienda y coberturas de tus seguros.

  • Si necesitas ayuda, comunícate con nuestra línea de emergencias y atención de desastres: 01 8000 415 215.
     

¿Necesitas reportar un daño o alguna reclamación respecto a tu seguro de Vida, Salud, Hogar o Movilidad? Comunícate con nosotros:

Línea de atención en Bogotá, Cali o Medellín

(indicativo de la ciudad) + 437 88 88.

Otras ciudades

Línea nacional 01 8000 518 888.

Desde tu celular

#888

WhatsApp

315 275 7888

¿Necesitas reportar un daño o hacer una reclamación?

WhatsApp

315 275 7888

Desde tu celular

#888

Líneas de atención

Bogotá - Cali - Medellín: (indicativo de la ciudad) + 437 88 88.
Línea nacional: 01 8000 518 888.
ARL: 01 8000 511 414 / 01 8000 941 414

Puntos de atención presenciales

Por la contingencia, habilitamos puntos de atención presenciales para la gestión de solicitudes de seguros de Hogar, Movilidad (Autos y Motos) y Empresariales, y orientando a nuestros clientes frente a dudas de sus seguros de Vida, Salud y ARL en Cali, Pereira y Manizales.

Horarios de atención de 7:30 a. m. a 5:00 p. m.
 Del 19 al 23 de agosto

Cali

  • Centro Comercial Holguínes: Carrera 100 # 11-60, Ciudad Jardín.
  • Autos SURA Centenario: Avenida 2 Nte. # 3 Norte - 3
  • Centro Empresa: Calle 64 Norte # 5BN - 26. Sólo atención EPS Y ARL.

Manizales

  • Promotora Milán: Cra. 25 # 69 - 88 piso 2, Barrio Palermo.
  • Oficina Manizales Siglo XXI: Carrera 23 # 64B - 33 Oficina 302.
  • Teatro Fundadores: Calle 33 # 21 - 28.

Pereira

  • Expofuturo: Cra. 19 # 93 - 02, Villa Olímpica.
  • La Villa: Avenida 30 de Agosto calle 87 - 363.

Armenia

  • Centro Comercial Mocawa, piso 2: Avenida Bolívar # 9 norte 16.

¡Ojo con el fraude!

Si recibes una llamada, mensaje o solicitud sospechosa, detente, verifica y no compartas información personal ni financiera.

Intento de fraude en reclamaciones

Nunca te pediremos pagos para realizar inspecciones o atender reclamaciones relacionadas con el sismo.

Intento de descarga app fraudulenta

Nunca te pediremos descargar aplicaciones cuando te contactemos. Nuestra única aplicación oficial es App Seguros SURA.

Pagos por WhatsApp

Paga tus seguros solo a través de Pago Express. Nunca te contactaremos por WhatsApp para pedirte consignaciones o transferencia.

Preguntas frecuentes

​‌

Si presentas una urgencia médica, dirígete al servicio de urgencias más cercano. Ingresa aquí y conoce la red de atención: https://directoriomedico.segurossura.com.co/#/home 

 

Si tu vida no corre peligro y necesitas una atención prioritaria en salud, recuerda que cuentas con Atención Virtual en Salud, disponible a través de la App Seguros SURA o la sucursal virtual personas. 
 

Estamos revisando permanentemente la operación de nuestras sedes. Si una cita requiere algún ajuste o reprogramación, nos comunicaremos directamente contigo para informarte y gestionar una nueva fecha. También puedes consultar nuestros canales de atención para validar si existe alguna novedad relacionada con tus citas.

Lo primero es proteger tu seguridad y la de las personas que te acompañan.

 

Después del sismo te recomendamos:

 

•    Evacuar si existe riesgo de colapso o daños estructurales.
•    Tomar fotografías y videos de los daños.
•    Evitar que los daños aumenten, siempre que hacerlo no represente un riesgo.
•    Reportar la situación a SURA lo antes posible en las líneas mencionadas.
•    Conservar documentos y evidencias relacionadas con los daños.
•    Permitir la inspección técnica cuando sea requerida. 
•    Reporta los daños que consideres estén relacionados con el sismo para una correcta evaluación, así los identifiques días después del evento.
 

Por tu seguridad te recomendamos:

 

•    No ingresar a inmuebles con posibles daños estructurales.
•    No realizar reparaciones definitivas antes de documentar los daños.
•    No desechar los bienes afectados sin orientación previa.
•    No asumir que una grieta o afectación desaparecerá por sí sola.
•    No exponerte a posibles réplicas en edificaciones que presenten daños visibles. 
 

Los seguros que incluyen cobertura para terremoto protegen los daños que un sismo pueda causar a la vivienda, edificio asegurado o bienes cubiertos por la póliza.

 

Si cuentas con un seguro de Hogar y la cobertura correspondiente la contrataste, pueden estar protegidos los daños ocasionados por: 

 

•    Terremotos y temblores.
•    Tsunamis y maremotos.
•    Erupciones volcánicas. 
•    Entre otras

 

Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.
 

Sí. Dependiendo de las coberturas contratadas y de los bienes asegurados en la póliza, los daños ocasionados por el sismo pueden afectar tanto la vivienda como los contenidos asegurados. La evaluación del caso determinará el alcance de la cobertura aplicable. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Dependiendo de las coberturas contratadas, también podrían estar cubiertos:


•    Remoción de escombros.
•    Honorarios de arquitectos, ingenieros e interventores.
•    Licencias y permisos requeridos para la reconstrucción.
•    Alojamiento temporal.
•    Pérdida de ingresos por arrendamiento.
•    Incrementos en costos de materiales y mano de obra cuando exista la cobertura de Gastos Adicionales.


Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Cuando una vivienda asegurada se encuentra arrendada y no puede ser habitada temporalmente debido a daños ocasionados por un evento cubierto, la póliza puede contemplar cobertura por pérdida de ingresos de arrendamiento, según las condiciones establecidas. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Cuando una vivienda asegurada se encuentra arrendada y no puede ser habitada temporalmente debido a daños ocasionados por un evento cubierto, la póliza puede contemplar cobertura por pérdida de ingresos de arrendamiento, según las condiciones establecidas. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Algunas situaciones que pueden afectar el reconocimiento de una indemnización son:

 

•    Que el valor de la pérdida sea igual o inferior al deducible.
•    Tener la vivienda asegurada por un valor inferior a su valor real.
•    No haber asegurado determinados bienes especiales.
•    Que los daños existieran antes del sismo.
•    Que el daño se origine principalmente por falta de mantenimiento.
•    Situaciones expresamente excluidas en la póliza.
•    No contar con la cobertura para terremoto cuando esta sea opcional.
 

No necesariamente. Si varios movimientos sísmicos ocurren dentro de un período continuo de 72 horas, normalmente se consideran un solo siniestro para efectos de la reclamación. 

Sí. Cuando se ha contratado la cobertura opcional de Gastos Adicionales, esta puede cubrir incrementos en materiales y mano de obra ocasionados por eventos catastróficos que afecten la oferta y la demanda del mercado.

No necesariamente. Los daños derivados directamente de un terremoto cubierto pueden estar amparados. Sin embargo, existen exclusiones para daños relacionados con desgaste natural, falta de mantenimiento, defectos constructivos o asentamientos graduales no asociados a un evento cubierto. 

Pueden estar cubiertos los contenidos y bienes relacionados con la actividad económica declarada y asegurada que resulten afectados por el evento sísmico, si cuentas con el producto Hogar SURA Plus + Negocio, de acuerdo con las condiciones de la póliza. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Puedes comunicarte con nuestros canales de atención mencionados para recibir orientación sobre la situación presentada y conocer el proceso de acompañamiento aplicable a tu caso.

Si requieres orientación o acompañamiento emocional y tienes póliza de Salud o vida Sura, accede a este servicio a través de la opción Longevo en la App Seguros SURA o consulta nuestros canales de atención disponibles. 

Si tu vehículo sufrió daños, puedes comunicarte con nuestros canales de atención para recibir acompañamiento. Te ayudaremos a coordinar el traslado del vehículo al lugar que corresponda, ya sea un taller para revisar los daños o un parqueadero donde permanecerá protegido mientras se realiza la valoración.

Sí. Si cuentas con el seguro de Autos SURA y la cobertura correspondiente, los daños causados por el sismo sobre tu vehículo están amparados por el seguro. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Una vez el vehículo sea revisado en el taller, se evaluará el nivel de afectación y se determinará si puede repararse o si corresponde una pérdida total.

El tiempo dependerá del tipo de daño y de la disponibilidad de los repuestos necesarios para la reparación. Si el vehículo puede repararse, el taller te informará el tiempo estimado. Si se determina una pérdida total, el equipo encargado se comunicará contigo para explicarte los siguientes pasos del proceso de indemnización.

Sí, si contrataste la cobertura de Alternativas de Movilidad, podrás acceder a un vehículo de reemplazo durante los días establecidos en tu póliza. Consulta con tu asesor o al #888 las coberturas que tienes contratadas.

Durante el proceso, nuestro equipo técnico te mantendrá informado sobre el avance de la reparación o, si aplica, sobre el proceso de indemnización.
Queremos que tengas claridad sobre cada etapa y acompañarte hasta la solución de tu caso.

Te recomendamos revisar periódicamente tus pólizas, validar que los valores asegurados estén actualizados y confirmar que las coberturas contratadas correspondan a las necesidades de tu vivienda, patrimonio y familia.
 
Estamos disponibles para orientarte y acompañarte cuando lo necesites. Recuerda que, ante cualquier situación que ponga en riesgo tu vida o la de tu familia, lo primero es buscar un lugar seguro y acudir al servicio de urgencias más cercano.

No necesariamente. Un terremoto no suspende, cambia ni termina por sí solo las obligaciones del contrato de arrendamiento.

 

La decisión depende del estado real del inmueble, la gravedad de los daños, los informes técnicos y las condiciones de cada caso. Por eso, antes de definir si el pago continúa o si el contrato se afecta, es necesario revisar la situación del inmueble y su impacto en el arrendamiento.
 

La pérdida total o parcial de las condiciones de seguridad debe respaldarse con inspecciones, conceptos técnicos, dictámenes de profesionales certificados o decisiones de una autoridad competente.

 

Estos documentos permiten confirmar el estado del inmueble y evaluar si afecta o no el contrato de arrendamiento. Cualquier decisión sobre seguir habitando el inmueble, ejecutar o terminar el contrato debe basarse en soportes técnicos adecuados.
 

Si hay señales de que el inmueble ya no puede habitarse, total o parcialmente, debe hacerse una evaluación técnica. Si esto ya no es posible por causas ajenas a las partes, deben revisarse las obligaciones del propietario y del inquilino dentro del contrato.

 

Antes de estudiar una posible cobertura del Seguro de Arrendamiento, es necesario definir el estado del inmueble y sus efectos sobre el contrato.
 

Las grietas o daños visibles no permiten saber por sí solos si la estructura es segura.

 

Tampoco significa que el inquilino deba permanecer allí sin que se hagan las revisiones necesarias. Se recomienda obtener una evaluación técnica para conocer el daño real y decidir si es seguro seguir usando el inmueble.
 

Es comprensible sentir miedo o incertidumbre después de un terremoto.

 

En ese caso, se debe revisar el estado del inmueble con la información y los soportes técnicos disponibles. También es importante mantener una comunicación clara entre propietario, inquilino y la inmobiliaria.

 

Las decisiones sobre el uso del inmueble o la continuación del contrato deben considerar cada caso y, cuando aplique, los conceptos técnicos o las decisiones de las autoridades.
 

En general, los daños a la estructura, las reparaciones, la reconstrucción y las pérdidas materiales causadas por un terremoto corresponden a otros tipos de seguro tales como el seguro de Hogar. Por eso, los daños materiales derivados de un evento de terremoto no tienen cobertura en el Seguro de Arrendamiento.

Sí. El propietario podrá presentar una reclamación para que la situación sea analizada conforme a las condiciones del seguro de arrendamiento contratado. Sin embargo, la presentación de una reclamación no implica automáticamente la existencia de cobertura ni garantiza el reconocimiento de una indemnización.


Para el estudio de cada caso, la aseguradora podrá evaluar la información y documentación aportada por las partes, así como aquellos elementos que resulten relevantes para verificar el cumplimiento de los requisitos previstos en la póliza, incluidos los informes técnicos disponibles cuando sean pertinentes para el análisis de la situación presentada.


La existencia de daños en el inmueble o la ocurrencia de un terremoto no determinan por sí solas la procedencia o improcedencia de una cobertura. La eventual cobertura deberá analizarse de manera individual, de acuerdo con las circunstancias particulares del caso y las condiciones, términos, límites y exclusiones aplicables al seguro contratado.


Por esta razón, es importante conservar y aportar la documentación, los informes técnicos y demás soportes que permitan comprender adecuadamente los hechos y realizar el análisis correspondiente.

Ante una situación extraordinaria, las partes pueden acordar terminar el contrato antes de tiempo. El acuerdo debe formalizarse y cumplir las condiciones del contrato y de la póliza asociada. Dejar todo por escrito ayuda a evitar desacuerdos futuros.

Estas situaciones deben revisarse según la causa, lo acordado en el contrato de arrendamiento y las condiciones de la póliza. No toda terminación genera una indemnización ni todo desacuerdo está cubierto. El Seguro de Arrendamiento no cubre cláusulas penales ni indemnizaciones.

Si el inmueble sufrió una destrucción total o una afectación que impida definitivamente su uso como vivienda o local arrendado, es necesario documentar dicha situación mediante los soportes técnicos o las decisiones de las autoridades competentes.


En estos casos, las partes deberán revisar los efectos que dicha situación genera sobre el contrato de arrendamiento y, de ser necesario, formalizar las decisiones que correspondan sobre la terminación del contrato.

Es importante que cualquier desocupación, entrega o actuación relacionada con el inmueble quede debidamente documentada.


La sola salida física del arrendatario no permite determinar por sí misma los efectos que dicha situación pueda generar sobre el contrato de arrendamiento ni sobre una eventual reclamación bajo la póliza. Por esta razón, resulta recomendable conservar las comunicaciones entre las partes, los soportes técnicos disponibles y cualquier documento relacionado con la ocupación, entrega o desocupación del inmueble.


En caso de presentarse una reclamación, la aseguradora analizará las circunstancias particulares del caso, la documentación aportada y los demás elementos que resulten relevantes para el estudio de la situación, de conformidad con las condiciones de la póliza.


Si existen dudas sobre las consecuencias jurídicas derivadas de la desocupación del inmueble o sobre los derechos y obligaciones de las partes, se recomienda buscar asesoría jurídica especializada, la cual puedes activar si la tienes contratada en tu Seguro de Arrendamiento.

Acompañamiento Empresas SURA por sismo

Estamos contigo. 
Te acompañamos con los retos de talento humano, legales, modelo operativo, financieros y de mercado que tiene tu empresa después del sismo. 

¿Necesitas reportar un daño o hacer una reclamación?

​‌

WhatsApp

315 275 7888

Desde tu celular

#888

Líneas de atención

Bogotá - Cali - Medellín: (indicativo de la ciudad) + 437 88 88.
Línea nacional: 01 8000 518 888.
ARL: 01 8000 511 414 / 01 8000 941 414
  • Entendemos que un sismo puede generar preocupación, incertidumbre y muchas preguntas. En este momento, lo más importante es protegerte a ti y a tu empresa.

  • Si necesitas ayuda, comunícate con nuestra línea de emergencias y atención de desastres: 01 8000 415 215. 

  • ¿Necesitas reportar un daño o alguna reclamación respecto a tus seguros Empresariales? Comunícate con nosotros: 

 

        Seguros: #888, 018000 51 8888

        ARL: 01 8000 511 414 - 01 8000 941 414

Puntos de atención presenciales

Por la contingencia, habilitamos puntos de atención presenciales para la gestión de solicitudes de seguros de Hogar, Movilidad (Autos y Motos) y Empresariales, y orientando a nuestros clientes frente a dudas de sus seguros de Vida, Salud y ARL en Cali, Pereira y Manizales.

Cali

  • Centro Comercial Holguínes: Carrera 100 # 11-60, Ciudad Jardín.
  • Autos SURA Centenario: Avenida 2 Nte. # 3 Norte - 3
  • Centro Empresa: Calle 64 Norte # 5BN - 26. Sólo atención EPS Y ARL.

Manizales

  • Promotora Milán: Cra. 25 # 69 - 88 piso 2, Barrio Palermo.
  • Oficina Manizales Siglo XXI: Carrera 23 # 64B - 33 Oficina 302.
  • Teatro Fundadores: Calle 33 # 21 - 28.

Pereira

  • Expofuturo: Cra. 19 # 93 - 02, Villa Olímpica.
  • La Villa: Avenida 30 de Agosto calle 87 - 363.

Armenia

  • Centro Comercial Mocawa, piso 2: Avenida Bolívar # 9 norte 16.

¡Ojo con el fraude!

Si recibes una llamada, mensaje o solicitud sospechosa, detente, verifica y no compartas información personal ni financiera.

¡Con el SOAT SURA vamos más allá!

Nunca te pediremos pagos para realizar inspecciones o atender reclamaciones relacionadas con el sismo.

Intento de descarga app fraudulenta

Nunca te pediremos descargar aplicaciones cuando te contactemos. Nuestra única aplicación oficial es App Seguros SURA.

Pagos por WhatsApp

Paga tus seguros solo a través de Pago Express. Nunca te contactaremos por WhatsApp para pedirte consignaciones o transferencia.

Preguntas frecuentes

Las soluciones de hogar o empresariales tales como Todo Riesgo Empresarial contemplan un amplio grupo de gastos adicionales que cubren el incremento en costos de materiales y mano de obra; licencias; demostración de cuantía; remoción de escombros, honorarios profesionales, vigilancia y alojamiento temporal.

 

La empresa puede realizar la remoción de escombros. Sin embargo, el pago se realizará una vez SURA realice el estudio de acuerdo con los límites establecidos en el condicionado. Además, en algunos casos puede aplicar deducible.

 

  • Verificar la seguridad de las personas y evacuar el lugar si existe riesgo de colapso o daños estructurales.

 

  • Identificar los elementos principales como columnas (elementos verticales) y vigas (elementos rectangulares horizontales), y si estos evidencian fisuras importantes, reportar. En los muros, si se presentan fisuras en diagonal también es importante reportarlas.

 

  • Tomar fotografías y videos de los daños antes de iniciar cualquier reparación.

 

  • Evitar que los daños empeoren, siempre y cuando no se ponga en riesgo la seguridad.

 

  • Guardar documentos y evidencias relacionados con el inmueble y los bienes afectados.

 

  • Permitir la inspección técnica, una vez programada por SURA, la cual ayudará a determinar el alcance de los daños y las coberturas aplicables.

Existen algunas circunstancias que pueden reducir el valor de la indemnización o impedir que ciertos daños estén cubiertos. Las más comunes son:

 

  • Reclamaciones por valor inferior al deducible. Aunque los daños sean reales y estén cubiertos por la póliza, no habrá lugar a indemnización cuando el valor de la pérdida sea menor o igual al deducible acordado, ya que este monto permanece a cargo del asegurado. 

El valor del deducible es la parte del daño que debe asumir él y, normalmente, esta expresado como un porcentaje del valor asegurable con un mínimo en salarios mínimos.

 

  • Que la propiedad (edificios, contenidos, mercancías, maquinaria y equipos) estén asegurados por un valor inferior al real. Esto puede hacer que la indemnización sea menor a la pérdida sufrida (aplicación de infraseguro).

Ejemplo: una empresa que vale $5.000 millones está asegurada por solo $2.000 millones.

 

  • Daños que ya existían antes del sismo. Las grietas o deterioros previos no se consideran consecuencia del evento.

Falta de mantenimiento. Si el daño se debe principalmente al desgaste, deterioro o mal estado del inmueble, puede no estar cubierto.

 

  • Situaciones expresamente excluidas en la póliza. Algunas condiciones tienen limitaciones que es importante conocer antes de un siniestro.

 

  • No contar con cobertura para terremoto. En algunos seguros esta protección es opcional y debe contratarse de forma adicional.

Cuando la sede o predio asegurado se encuentra arrendada y no puede ser habitada temporalmente debido a daños causados por un riesgo cubierto, la póliza contempla cobertura para la pérdida de ingresos de arrendamiento, bajo los límites y condiciones establecidos, siempre y cuando este contratado.

Se recomienda, además de revisar el clausulado general, conservar:

 

•    Fotografías y videos de los daños.
•    Conceptos o diagnósticos técnicos, si existen.
•    Facturas o soportes de gastos incurridos para proteger el inmueble.
•    Documentos relacionados con la propiedad y el siniestro.

 

Es importante tener en cuenta que el equipo de indemnizaciones SURA puede solicitar más documentos, si lo considera necesario. 

Dependiendo de las coberturas contratadas y de los bienes asegurados dentro de la póliza, los daños ocasionados por el sismo podrían afectar, no solo la sede o el predio, sino también los contenidos, maquinas, mercancías, equipos de cómputo, materias primas, entre otros bienes asegurados.

 

La evaluación del siniestro determinará el alcance de las afectaciones y la aplicación de las coberturas correspondientes de acuerdo con las condiciones de la póliza.
 

No necesariamente. Si varios movimientos sísmicos ocurren dentro de un período continuo de 72 horas, se consideran un solo siniestro para efectos de la reclamación.

Sí, si se contrató la cobertura opcional de Gastos Adicionales, esta puede cubrir incrementos en materiales y mano de obra ocasionados por eventos catastróficos que afecten la oferta y demanda del mercado.

Los daños derivados directamente de un terremoto y, que superen el valor del deducible definido, pueden estar cubiertos. Sin embargo, la póliza excluye daños por desgaste natural, falta de mantenimiento, defectos constructivos o asentamientos graduales no relacionados con un evento cubierto.

Si durante el terremoto cualquier elemento físico de tu empresa causa daños a un tercero, será necesario determinar si existe una responsabilidad legal de tu parte o si el daño fue consecuencia exclusiva del fenómeno natural. La póliza podría intervenir únicamente cuando exista una responsabilidad legal atribuible al asegurado frente a un tercero. Cada caso debe analizarse individualmente.

Lo primero es identificar la gravedad de la situación y garantizar su traslado al servicio de atención que corresponda, siguiendo el protocolo definido por tu empresa.

ARL SURA cuenta con un Directorio de IPS aliadas que te ayuda a encontrar la institución más adecuada según el estado de salud del trabajador.

 

🔗 Consultar Directorio de IPS
 

Son situaciones en las que no hay riesgo para la vida, como:

 

•    Golpes leves.
•    Dolor de espalda.
•    Sobreesfuerzos musculares.
•    Heridas menores.
•    Esguinces o torceduras.
•    Desgarros musculares.
•    Cuerpos extraños en los ojos sin afectar la visión.
 

Son situaciones que requieren atención inmediata en urgencias porque pueden comprometer la vida o la salud del trabajador, por ejemplo:

 

•    Golpes en la cabeza.
•    Fracturas.
•    Amputaciones o cercenamientos.
•    Quemaduras.
•    Contacto con energía eléctrica.
 

Cuando la condición del trabajador lo permita. Para conocer esta opción, comunícate con nuestros canales de atención y solicita orientación.

Debes reportar el presunto accidente dentro de las 48 horas siguientes a través de ARL SURA.


🔗 Reportar accidente de trabajo

Cada caso debe analizarse de manera individual. De acuerdo con la Ley 1562 de 2012, un accidente de trabajo es un suceso que ocurre por causa o con ocasión del trabajo y que genera una lesión, incapacidad o fallecimiento.

La información registrada en el FURAT es fundamental para evaluar el caso y determinar si el evento tiene nexo laboral.

Infórmate con nosotros

Difunde estas recomendaciones que pueden ayudarnos a mitigar posibles riesgos asociados al sismo que se presentó al inicio de la mañana.

Hay momentos que no avisan y en los que contar con información clara puede hacer toda la diferencia. Por eso, reunimos en un solo lugar los canales de atención para que tengas a la mano el apoyo que necesitas, ya sea para reportar una situación, solicitar orientación en salud o acceder a acompañamiento en bienestar emocional. Desliza, guarda este carrusel y compártelo con quienes puedan necesitarlo.

Ver más

La reciente emergencia nos recuerda que, en momentos difíciles, la solidaridad y el cuidado mutuo pueden hacer la diferencia para quienes hoy más lo necesitan.

Ver más

Queremos darte un mensaje de tranquilidad, lo más importante ahora es preservar la vida.💙
Si tuviste alguna afectación necesitas orientación, contáctanos en WhatsApp 315 275 7888. Te acompañaremos paso a paso cuando estés listo para realizar tu reclamación, asegúrate de que tú y los tuyos estén bien, desde SURA estamos contigo.

Ver más