Seguro de Transporte para Agentes de Carga

Protegemos las mercancías de tus clientes durante su transporte, ante posibles pérdidas y daños que se puedan presentar durante su movilización.

¿A quién aseguramos?

A agentes de carga (Freight Forwarders) y agentes de aduana legalmente constituidos en Colombia. Los beneficiarios directos serán tus clientes.

¿Por qué elegir esta solución?

  • Contarás con un aliado estratégico, con más de 80 años de experiencia, comprometido con el cuidado y crecimiento de tu empresa.
  • Podrás ofrecer a tus clientes la protección que merecen sus mercancías, fortaleciendo tu propuesta de valor.
  • Podrás acceder a nuestro aplicativo ICargo para cotizar y emitir certificados virtuales al instante, las 24 horas al día, los siete (7) días a la semana.

¿Qué cubrimos?

  • Daños o pérdidas materiales que sufran los bienes asegurados con ocasión de su transporte.
  • Contribución por avería gruesa (acción o inversión extraordinaria para salvar los bienes en riesgo).
  • Incendio, rayo, explosión, huracán, ciclón, tifón, tornado, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás fenómenos naturales.
  • Gastos razonables y justificados en que incurra tu empresa como asegurada para preservar los bienes movilizados de una pérdida o daño mayor, o para atender a su salvamento (hasta el 10% del valor asegurado).
  • Gastos y costos en que incurras necesaria y razonablemente para la remoción de escombros y el desmantelamiento, destrucción y disposición final de los bienes asegurados.
  • Mercancías que deban transportarse a granel.
  • Las pérdidas y los daños que sufran mercancías que, por su naturaleza y de acuerdo con el condicionado general del seguro, deban transportarse y conservarse refrigeradas, congeladas o con calefacción.
  • Auxilio del 10% en caso de siniestro para importaciones y exportaciones.
  • Daños a los contenedores, siempre y cuando se encuentren bajo responsabilidad de tu compañía como asegurada y de acuerdo con los valores indicados en el seguro.
  • Las afectaciones que sufran los bienes asegurados mientras estos son cargados a los vehículos transportadores o descargados de ellos.

 

Esta solución cuenta con coberturas adicionales, como: 

Daños o pérdidas materiales a los bienes asegurados causados directamente por huelguistas o personas que participen en la suspensión de labores, interrupción de trabajo por cierre patronal, disturbios de trabajo, asonada, motín, conmoción civil o popular, apoderamiento o desvío del medio de transporte y actos terroristas o de movimientos subversivos.

Eventos de guerra y daños causados por minas, torpedos y demás artefactos de guerra abandonados.

 

 

 

 

 

 

Protección de maquinaria y bienes usados. 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué no cubrimos?

  • Dolo o culpa grave de tu organización como asegurada o sus representantes.
  • Estafa, salvo aquella que se origine por cambios en las instrucciones de despacho durante el transporte o la suplantación del vehículo transportador.
  • Infidelidad o actos deshonestos de administradores o cualquiera de los funcionarios o trabajadores al servicio de tu empresa.
  • Lucro cesante de cualquier tipo.
  • Toma de muestras por autoridad competente, decomiso, incautación, embargo y secuestro, retención, aprehensión o, en general, cualquier acto de autoridad sobre las mercancías o el medio de transporte.
  • Vicio propio, descomposición natural, putrefacción o combustión espontánea.
  • Deterioros causados por simple transcurso del tiempo.
  • Mermas, evaporaciones o filtraciones que no se originen en rotura o daño del empaque.
  • Riesgos de energía nuclear, contaminación radioactiva y hechos producidos por armas químicas, biológicas, bioquímicas y electromagnéticas.
  • Contaminación y polución paulatinas.
  • Errores o faltantes en el despacho o por haber despachado los bienes en mal estado.
  • Insuficiencia del empaque o haber preparado indebidamente los bienes para los riesgos ordinarios de tránsito.
  • Contrabando, comercio clandestino o prohibido, o cualquier violación de la ley.
  • Demoras o pérdidas de mercado, aun cuando estas sean causadas por un riesgo amparado en el seguro.
  •  

Para un mayor detalle de las coberturas y exclusiones, consulta el condicionado de la solución.

¿Cómo puedo hacer una reclamación?

Llamando a las líneas de atención locales: 

 

  • Medellín: 604 437 8888. 
  • Bogotá: 601 437 8888.
  • Cali: 602 437 8888.
  • En el resto del país al 01 8000 518 888. 
  • Ingresando a www.sura.com.co en la opción “Ingresa a tu cuenta”.
  • Contacta a tu asesor de seguros.

Términ​os y condiciones

Para conocer mejor​ esta solución, descarga los términos y condiciones.

¿Necesitas asesoría para elegir tu seguro?

Déjanos tus datos para que un asesor se comunique contigo y resuelva tus dudas.

¿Cuáles son los medios de pago?

Términos y condiciones

Para conocer mejor esta solución, descarga los términos y condiciones.

Infórmate

Formas de pago

Paga tu seguro en línea

Solicita tu clave