ARL

Generalidades del Sistema de Riesgos Laborales

1. Generalidades del Sistema de Riesgos Laborales

2. ¿Cómo afiliarse a ARL SURA?

3. Información de productos y servicios

4. Tarifas y tasas de interés 

5. Reglas aseguradoras

Nota: la empresa podrá realizar el cobro de las prestaciones económicas generadas por los accidentes de trabajo de sus empleados, siempre y cuando hayan ocurrido estando afiliados a ARL SURA.

 

Para ampliar los requisitos para la reclamación de cada una de las diferentes prestaciones económicas, ingresa a nuestra página web: www.arlsura.com.

 

Coberturas opcionales

Tabla de cotizaciones mínimas y máximas

Toda empresa que ingrese por primera vez al Sistema General de Riesgos Laborales cotizará por el valor correspondiente al valor inicial de la clase de riesgo que le corresponda según su actividad. El trabajador afiliado a la empresa no será responsable de determinar el riesgo por el que debe aportar, ya que esta es una responsabilidad de su empleador. Las tarifas son aplicables sobre la base salarial devengada por cada empleado.

Además, las tasas de interés aplicables se utilizan para el cálculo de intereses de mora en los casos en los cuales los empleadores no realizan el pago oportuno de sus aportes, y se encuentran reguladas según lo definido en el artículo 92 del Decreto 1295 de 1994, el cual establece que, en caso de mora, se aplicará una tasa de interés moratorio igual a la que rige para el impuesto sobre la renta y complementarios, estando esta última definida en el artículo 635 del Estatuto Tributario así:

 

Artículo 635. Determinación de la tasa de interés moratorio

Para efectos tributarios y frente a obligaciones cuyo vencimiento legal sea a partir del 1º de enero de 2006, la tasa de interés moratorio será la equivalente a la tasa efectiva de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para el respectivo mes de mora.