SEGUROS
¿A quién aseguramos?
A agentes de carga (Freight Forwarders) y agentes de aduana legalmente constituidos en Colombia. Los beneficiarios directos serán tus clientes.
¿Por qué elegir esta solución?
- Contarás con un aliado estratégico, con más de 80 años de experiencia, comprometido con el cuidado y crecimiento de tu empresa.
- Podrás ofrecer a tus clientes la protección que merecen sus mercancías, fortaleciendo tu propuesta de valor.
- Podrás acceder a nuestro aplicativo ICargo para cotizar y emitir certificados virtuales al instante, las 24 horas al día, los siete (7) días a la semana.
¿Qué cubrimos?
- Daños o pérdidas materiales que sufran los bienes asegurados con ocasión de su transporte.
- Contribución por avería gruesa (acción o inversión extraordinaria para salvar los bienes en riesgo).
- Incendio, rayo, explosión, huracán, ciclón, tifón, tornado, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás fenómenos naturales.
- Gastos razonables y justificados en que incurra tu empresa como asegurada para preservar los bienes movilizados de una pérdida o daño mayor, o para atender a su salvamento (hasta el 10% del valor asegurado).
- Gastos y costos en que incurras necesaria y razonablemente para la remoción de escombros y el desmantelamiento, destrucción y disposición final de los bienes asegurados.
- Mercancías que deban transportarse a granel.
- Las pérdidas y los daños que sufran mercancías que, por su naturaleza y de acuerdo con el condicionado general del seguro, deban transportarse y conservarse refrigeradas, congeladas o con calefacción.
- Auxilio del 10% en caso de siniestro para importaciones y exportaciones.
- Daños a los contenedores, siempre y cuando se encuentren bajo responsabilidad de tu compañía como asegurada y de acuerdo con los valores indicados en el seguro.
- Las afectaciones que sufran los bienes asegurados mientras estos son cargados a los vehículos transportadores o descargados de ellos.
Esta solución cuenta con coberturas adicionales, como:
¿Qué no cubrimos?
- Dolo o culpa grave de tu organización como asegurada o sus representantes.
- Estafa, salvo aquella que se origine por cambios en las instrucciones de despacho durante el transporte o la suplantación del vehículo transportador.
- Infidelidad o actos deshonestos de administradores o cualquiera de los funcionarios o trabajadores al servicio de tu empresa.
- Lucro cesante de cualquier tipo.
- Toma de muestras por autoridad competente, decomiso, incautación, embargo y secuestro, retención, aprehensión o, en general, cualquier acto de autoridad sobre las mercancías o el medio de transporte.
- Vicio propio, descomposición natural, putrefacción o combustión espontánea.
- Deterioros causados por simple transcurso del tiempo.
- Mermas, evaporaciones o filtraciones que no se originen en rotura o daño del empaque.
- Riesgos de energía nuclear, contaminación radioactiva y hechos producidos por armas químicas, biológicas, bioquímicas y electromagnéticas.
- Contaminación y polución paulatinas.
- Errores o faltantes en el despacho o por haber despachado los bienes en mal estado.
- Insuficiencia del empaque o haber preparado indebidamente los bienes para los riesgos ordinarios de tránsito.
- Contrabando, comercio clandestino o prohibido, o cualquier violación de la ley.
- Demoras o pérdidas de mercado, aun cuando estas sean causadas por un riesgo amparado en el seguro.
Para un mayor detalle de las coberturas y exclusiones, consulta el condicionado de la solución.
¿Cómo puedo hacer una reclamación?
Llamando a las líneas de atención locales:
- Medellín: 604 437 8888.
- Bogotá: 601 437 8888.
- Cali: 602 437 8888.
- En el resto del país al 01 8000 518 888.
- Ingresando a www.sura.com.co en la opción “Ingresa a tu cuenta”.
- Contacta a tu asesor de seguros.
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