Cobertura en el exterior

Si eres afiliado a la ARL SURA, te brindamos asistencia médica.

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Para tramitar un reembolso por gastos en el exterior  ten cuenta los requisitos del reembolso y los datos bancarios que podrás en contrar en los enlaces a continuación. Posterior a esto, por favor,  envía  la información al correo electrónico:  gestiones.sura@wtabyhas.com,  adjuntando los soportes solicitados o a través del formulario. 

 

Recuerda que los reembolsos están sujetos a estudios y políticas de cobertura.

Paso a paso para la atención

paso 1

paso 2

paso 3

paso 4

Llama de inmediato

Si necesitas asistencia de salud durante tu viaje, llama de inmediato por cobro revertido al número gratuito: (57+60+1) 628 36 18 - +57 6013799043 - TOLLFREE: 018005181827

Comunicación oficial:

Además de la llamada, puedes comunicarte a través de otros canales para recibir asistencia: 
 
Correo Electrónico: gestiones.sura@wtabyhas.com 
Whatsapp: +1 863 204 6797 - +57 3152757888

Cuando te contactes, te pediremos algunos datos iniciales. No es necesario informar la salida del país en este momento. 

Te recomendamos activar siempre tu servicio a través de nuestros canales oficiales.  Ten en cuenta que los servicios que tomes por cuenta propia están excluidos si no son  eventos de fuerza mayor que te impidan, como afiliado, comunicarte de manera inmediata. Recuerda que tienes un plazo de 72 horas para reportar por cualquiera de los canales definidos.

Ingresa a los siguientes enlaces y encuentra información adicional sobre estos procesos:

 

Beneficios

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Todos los afiliados a ARL SURA cuentan con asistencia médica en el exterior permanente, en caso de ocurrencia de un evento de origen laboral. 
 
Antes de viajar es importante que tú y los empleados de tu empresa conozcan las condiciones de la cobertura que detallamos a continuación, al igual que el proceso de atención donde podrán imprimir el carné con el número único de atención. 

Criterios de Cobertura de origen común    

Valores agregados de la oferta

*Lo incluido por origen común es hasta acabar el tope de US$40.000

Exclusiones para la asistencia de eventos en el exterior:

  1. Las asistencias solicitadas cuando el objeto del viaje sea para recibir tratamiento médico programado o no.

  2. No se prestará asistencia médica hospitalaria, si el gasto médico se lleva a cabo en contra de la opinión de un médico, cuando se trate de chequeos médicos de rutina o que correspondan a tratamientos cosméticos, estéticos o de disminución de peso.

  3. El costo de los servicios asistenciales que hayan sido prestados en el territorio Nacional

  4. Los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta sin el previo consentimiento de ARL SURA, salvo en caso de fuerza mayor, según su definición legal, que le impida comunicarse con cualquiera de las partes.

  5. Los gastos de hotel, se entienden estos limitados exclusivamente al hospedaje simple, sin incluir gastos de restaurante, lavandería, llamadas telefónicas que no hayan sido autorizados por la Central de Asistencia en el exterior, transportes, acceso a Internet, u otro cualquiera.

  6. Las enfermedades, defectos y/o lesiones derivadas de padecimientos crónicos o de las diagnosticadas con anterioridad a la iniciación del viaje, preexistente o congénitas conocidas o no, la cobertura por los gastos iniciales de asistencia médica de emergencia es hasta por USD $ 10.000, a excepción de seguimientos y controles de tratamientos anteriores o chequeos. El Proveedor no tomará a su cargo dentro de esta cobertura ningún medicamento, tratamiento, seguimiento y/o controles derivados de dicha enfermedad crónica o preexistente

  7. La muerte producida por suicidio o las lesiones y secuelas que se ocasionen en su Tentativa

  8. La muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas del beneficiario

  9. La asistencia y gastos por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria de drogas, sustancias tóxicas, bebidas alcohólicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica.

  10. Ni por enfermedades mentales y/o eventos de orden psiquiátrico de carácter agudo o crónico

  11. Lo relativo y derivado de prótesis y anteojos

  12. Los gastos de asistencia por embarazo, sus complicaciones y atención del parto

  13. Las que se produzcan con ocasión de la participación del beneficiario en apuestas, desafíos y/o riñas

  14. Síndrome de inmunodeficiencia adquirida, SIDA ó HIV en todas sus formas, secuelas y consecuencias. Enfermedades venéreas o de transmisión sexual

  15. Los tratamientos de ortodoncia, periodoncia, endodoncia, los tratamientos

  16. Odontológicos estéticos, los tratamientos de conducto y coronas

  17. Los eventos que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamientos, prácticas o participación activa en competencias deportivas y/o prácticas de deportes

  18. peligrosos o de alto riesgo.

  19. Actos de terrorismo, motín o tumulto popular, Hechos y acciones de las Fuerzas Armadas o de las fuerzas o cuerpos de Seguridad

  20. Energía nuclear radioactiva

  21. Ocurrencia de fenómenos naturales de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, etc.

 

Eventos de origen laboral: para estas exclusiones ARL SURA revisa previamente el caso para determinar si cumplen o no con la definición de accidente de trabajo o enfermedad laboral conforme a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley 1562 de 2012. Con el fin de determinar el cubrimiento de asistencia médica internacional.