Información importante
A partir del 1 de enero de 2025, deberá presentar sus reclamaciones derivadas de la prestación de servicios de salud, que afecten la póliza SOAT, bajo la estructura del anexo Técnico que indica la circular citada en el asunto.
Teniendo en cuenta lo anterior, a partir de la fecha, la opción habilitada para presentación de dichas reclamaciones será PRESENTACIÓN CON FURIPS Y FURTRAN como se encuentra actualmente en la plataforma: https://www.sis.co/
Para información complementaria, comuníquese con el canal de contacto: mesadeayudasoatsura@sis.co

Rangos diferenciales por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT):
Conoce los cambios que tendrá el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) a partir de lo dispuesto por el Decreto 2497 de 2022, que empezará a regir desde el 19 de diciembre de 2022.
¿Qué cambios trae el Decreto 2497 de 2022?
Las pólizas compradas a partir del 19 de diciembre de 2022 para los vehículos de las categorías ciclomotor, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc y hasta 200 cc, motocarros, tricimotos y cuadriciclos, motocarros 5 pasajeros, autos de negocios, taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses y busetas y vehículos de servicio público intermunicipal, tendrán una cobertura diferencial de los servicios de salud, la cual será hasta los 300 SMLDV (salarios mínimos legales diarios vigentes) y aplicará un rango de tarifas diferencial, que equivalen aproximadamente al 50 % del costo al 14 de diciembre de 2022.
De acuerdo con lo establecido en el decreto 2644 de 2022, a partir del 1 de enero de 2023 la cobertura de gastos de atención médica se reemplaza de 300 SMLDV a 263,13 UVT (unidad de valor tributario).
¿Cómo se aplicará la tarifa del 50 % de descuento?
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2497 de 2022, te mostramos el siguiente ejemplo:
Valor del SOAT de una moto con menos de 100 cc.
Tarifa hasta el 18 de diciembre de 2022:
Tarifa hasta el 18 de diciembre de 2022:
Tarifa | Cilindraje | Prima | Contribución | Tas RUNT | Valor a pagar cliente |
11 | Menos de 100 c.c | $ 271.700 (Doscientos setenta y un mil setecientos pesos) |
$ 141.200 (Ciento cuarenta y un mil doscientos pesos) |
2.100 | $207.700 |
Tarifa a partir del 19 de diciembre de 2022:
Tarifa | Cilindraje | Prima | Contribución | Tas RUNT | Valor a pagar cliente |
11 | Menos de 100 c.c | $135.300 | $70.300 | 2.100 | $207.700 |
Si adquirí mi SOAT el 18 de diciembre de 2022 o antes, y la fecha de vigencia es a partir del 19 de diciembre de 2022 o posterior, ¿la nueva tarifa y cobertura de gastos de atención médica aplica para mí?
No. Recuerda que la nueva tarifa y cobertura en gastos de atención médica aplicará únicamente para las pólizas compradas a partir del 19 de diciembre de 2022.
Si sufro un accidente de tránsito, ¿cuánto cubre SURA en gastos de atención médica con cargo al SOAT?
El monto a cubrir es de hasta 800 SMLDV. Sin embargo, si tu SOAT fue comprado a partir del 19 de diciembre de 2022 y tu vehículo está dentro de las categorías que hacen parte del rango diferencial por riesgo, la cobertura será de hasta 300 SMLDV, de acuerdo con el Decreto 2497 de 2022.
Esto aplica para la atención médica de las personas involucradas en el accidente (ya seas tú como conductor, los pasajeros o los peatones). Ten en cuenta que, según lo establecido en el Decreto 2644 de 2022, a partir del 1 de enero de 2023 la cobertura de gastos de atención médica será expresada en UVT (unidad de valor tributario), pasando de 300 SMLDV a 263,13 UVT, y de 800 SMLDV a 701,68 UVT.
¿Qué pasa si se supera el tope de los 263,13 UVT por la cobertura de gastos de atención médica?
De acuerdo con los Decretos 2497 de 2022 y 2644 de 2022, los servicios de salud que superen los 263,13 UVT y hasta 701,68 UVT, generados por los siniestros de los vehículos de las categorías del rango diferencial por riesgo, serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.
Si la tarifa diferencial por riesgo aplica para mí y tengo derecho al descuento del 10 % que se le da a los vehículos eléctricos y dedicados a gas, ¿aplican los dos beneficios?
Sí. Ten en cuenta que en el descuento otorgado en las leyes 1964 de 2019 y 2128 de 2021, aplica sobre la tarifa actual vigente para los vehículos eléctricos (100 % eléctricos, no híbridos) y dedicados a gas (no convertidos a gas).
¿Qué debo hacer si mi vehículo hace parte del rango diferencial, pero no se me está aplicando el descuento?
Debes validar que la información registrada en el RUNT corresponda a las características de tu vehículo. En caso de que encuentres diferencia, deberás actualizarlos ante el organismo de tránsito.
Si la información del RUNT es la correcta y aun así no se te está aplicando la nueva tarifa y cobertura, puedes escribirnos aquí y atenderemos su solicitud.
Decreto 2644 de 2022
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Decreto 2497 de 2022
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